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sábado, 8 de noviembre de 2014

Ética para todos 9. Si bebes no conduzcas


Obra de Guillermo Pérez Villalta

La semana pasada proponíamos que analizaras la norma 'Si bebes, no conduzcas'. Vamos a ver cómo podría ser ese análisis.

¿Es una norma jurídica?

Diversas leyes prohiben conducir vehículos con una tasa de alcohol en sangre que supere ciertos límites. Eso hace que la obligatoriedad de esa norma nos venga desde fuera. Y si no la cumplimos se nos puede imponer una sanción. Por tanto, es una norma jurídica.

¿Es una norma moral?

Con independencia de que nos obligue una ley a no conducir habiendo bebido, nosotros mismos podemos plantearnos si nos parece razonable o no conducir en esa situación. Nos puede parecer sensato no hacerlo, puesto que los reflejos disminuyen sensiblemente con el alcohol y la capacidad para reaccionar ante un imprevisto baja ostensiblemente. Si queremos respetar la vida de los demás, incluso la propia vida, no parece lo más indicado conducir habiendo bebido. Más bien parece una falta de respeto imprudente hacia los demás conducir así. De manera que:

  • Yo mismo me sentiré así obligado en conciencia a conducir siempre sobrio, porque tengo razones para defender esta postura.
  • Esta actitud es incondicional, puesto que yo no lo hago por ganar nada ni por evitarme líos, sino porque respeto a las demás personas y es esto lo que me mueve a no beber si debo conducir.
  • Está claro que se evitarían muchos accidentes si todos los conductores adoptaran esta actitud. Por tanto, la norma sería universalizable.

Como consecuencia de lo analizado, la norma resulta ser también una norma ética.

Observemos que el cumplimiento de una norma jurídica resulta un tanto frío y despersonalizado: se cumple aquello a lo que nos sentimos obligados, incluso por miedo a alguna sanción.

En cambio, en el cumplimiento de las normas éticas ponemos en ejercicio nuestra racionalidad, nuestras ideas, nuestra conciencia. Las cumplimos por convencimiento y eso hace que actuemos de manera mucho más personal.

En ambos casos hacemos lo mismo. Lo que resulta diferente es la actitud, la motivación. La motivación ética exige plantearse la vida como un ser humano racional en medio de otros seres humanos racionales. Y esto, por desgracia, es bastante difícil y raro hoy. Buena parte de la crisis moral actual viene de la escasa sensibilidad para plantearse la vida de esta manera.

Si quieres, puedes analizar tú de una manera similar esta otra norma:

'Cada cual debe cuidar su higiene y ducharse todos los días'.


No te olvides de que en esta dirección mcetica@gmail.com te atenderé, si lo necesitas.

viernes, 17 de octubre de 2014

Ética para todos 6. Características de las normas morales 1


Obra de Guillermo Pérez Villalta


Una persona puede verse obligada en la sociedad a cumplir ciertas leyes, ciertas normas, por dos motivos.

Uno, porque alguna autoridad de esa sociedad le obligue a hacerlo y, si no lo hace, le imponga una sanción. Este era el caso, si lo recuerdas, de las NORMAS JURÍDICAS.

Otro motivo puede ser, no que alguien de fuera le obligue a cumplir tal norma, sino que esa misma persona, por convicción propia, se sienta obligada a hacerlo. Si no la cumple, nadie le va a imponer ninguna sanción, pero ella misma sentirá que no ha hecho lo que debía haber hecho y no se va a sentir feliz con su acto. Este es el caso de las NORMAS MORALES o ÉTICAS.

Es decir, que las normas jurídicas nos obligan desde fuera y, si no las cumplimos, nos imponen una sanción. Por el contrario, las normas morales nos obligan desde dentro, desde nuestra propia conciencia, y, desde fuera, nadie nos va a sancionar si no la cumplimos, aunque nosotros nos quedaremos con mala conciencia por lo que hemos hecho.

Pongamos unos ejemplos. 'Circular a menos de 120 km/h' es una norma que tenemos que cumplir en determinadas carreteras, aunque nos pueda parecer poca velocidad, porque lo ordena el Código de la Circulación, que es algo exterior a nosotros. Nos guste o no, tenemos que cumplirla porque nos lo ordenan. Y si no la cumplimos, nos pueden imponer una sanción determinada. Este es es un ejemplo de norma jurídica.

Pero 'ayudar a una persona mayor que está enferma' no es una norma a la que me obligue ninguna ley ni ninguna autoridad. Sin embargo, es posible que me obligue yo mismo. Si yo veo que esa persona tiene dificultades para moverse, que no puede hacer la compra ni cocinar, que no tiene quien le resuelva su situación y me doy cuenta de que yo tengo algún tiempo libre, puedo decidir por mi cuenta ir a ayudarle. Puede que influya en ello mi idea de que todos somos iguales, que todos debemos ayudarnos y que no se crea un mundo bueno si todos somos egoístas y sólo vamos a lo nuestro. Lo importante es que después de pensar bien en todo esto, es posible que yo viva esa acción como una obligación, como un deber. Y si, por alguna circunstancia no la hago, nadie me va a imponer ninguna sanción, pero yo no me quedaré a gusto por no haberla ayudado. Este es un ejemplo de norma moral. Son, por tanto, normas a las que yo mismo me obligo porque estoy convencido de que son buenas y que debo cumplirlas.

No es nada raro que uno mismo se obligue a ciertas cosas. El futbolista que está convencido de que quiere ganar la Liga, se obliga a sí mismo a entrenar bien y a llevar a cabo una alimentación idónea. No es que se vea forzado a hacer eso, sino que su planteamiento le lleva a sentir el deber de entrenarse a fondo. Lo mismo ocurre cuando nos planteamos en serio asuntos como, por ejemplo, el respeto, la solidaridad o la igualdad.

Puede darse el caso de que una norma jurídica no sea moral, que una norma moral no sea jurídica y que una norma sea a la vez jurídica y moral. ¿Te atreves a poner un ejemplo de cada uno de estos casos? Recuerda la dirección mcetica@gmail.com a la que, si quieres, puedes enviar tus reflexiones o tus dudas. Te contestaré, si lo haces.

Continuará ...



domingo, 5 de octubre de 2014

Ética para todos. 4. Las normas jurídicas

    4. Las normas jurídicas

Un tipo muy importante de normas es el de las normas jurídicas. Son aquellas que imponen el poder político o el judicial. La obligación de pagar los impuestos, el deber de circular por la derecha o el no poder recurrir determinadas sentencias son ejemplos de normas jurídicas.

Las normas jurídicas tienen dos grandes características.



Una, muy importante, es que nos obligan desde fuera. El deber de cumplirlas no viene de nuestro posible convencimiento de que sean normas buenas, sino porque alguien, ajeno a nosotros, con un poder suficiente nos obliga a cumplirlas. Lo cual no quita para que, además, podamos estar convencidos de su bondad, pero lo importante es que la imposición nos viene dada de fuera.

La otra es que si no cumplimos una norma jurídica, caerá sobre nosotros una sanción por parte del poder del que emanó la norma.

Así, la norma de no circular a más de 120 km/h en algunas carreteras es una norma jurídica. Nos obligan a hacerlo y si vamos a más, nos impondrán una sanción.

Piensa ahora tú si las normas siguientes: 

ser generoso,  
no matar, 
matricular a los niños en la escuela 

son normas jurídicas o no. Naturalmente, piensa por qué lo son o por qué no lo son. Si me lo dices en el correo mcetica@gmail.com te contestaré.


Continuará...